COLÓN & ASOCIADOSContadores y Auditores
Ejercicio práctico · Introducción al ITBIS

Liquidación mensual simplificada del ITBIS

Competencia que desarrolla
Distinguir el ITBIS facturado del adelantado y determinar el impuesto a pagar.
Nivel de dificultad
Intermedio
Área
Introducción al ITBIS

Ejercicio tributario educativo con datos ficticios. Simplifica la normativa para practicar el concepto; el tratamiento real depende de la operación concreta, del tipo de contribuyente y de la norma vigente.

Enunciado

Comercial Santiago Centro, S.R.L. (ficticia) prepara la liquidación del ITBIS de un mes. Todas sus ventas y compras están gravadas al 18%.

Datos

  • Ventas gravadas (base): RD$ 600,000.
  • Compras gravadas con comprobante fiscal válido (base): RD$ 350,000.
  • Otra compra gravada por RD$ 40,000 (base) sin comprobante fiscal válido.
  • No hay saldos a favor anteriores, retenciones ni operaciones exentas.

Responde

Puedes escribir los importes con o sin separador de miles (por ejemplo, 1260 o 1,260). Tus respuestas no se guardan ni se envían.

Ver la solución explicada paso a paso

Paso 1. ITBIS facturado: 600,000 × 18% = RD$ 108,000.

Paso 2. ITBIS adelantado deducible: solo las compras con comprobante válido: 350,000 × 18% = RD$ 63,000. El ITBIS de la compra sin comprobante (7,200) no se deduce.

Paso 3. ITBIS a pagar: 108,000 − 63,000 = RD$ 45,000.

En la declaración real (IT-1) intervienen además las operaciones exentas, la proporcionalidad, las retenciones, los saldos a favor y otros conceptos. Consulta el instructivo oficial.

Errores frecuentes

  • Deducir el ITBIS de compras sin comprobante fiscal válido.
  • Restar las bases en lugar de los impuestos.

Para seguir aprendiendo

Referencias

Verificación: Tasas del 18% (general) y 16% (reducida) verificadas en la publicación «Tasas del ITBIS» de la DGII el 24 de octubre de 2026. Confirma la tasa aplicable a cada bien o servicio antes de declarar.

Material educativo propio de Colón & Asociados · Versión 1.0 · 24 de octubre de 2026 · Revisión profesional de la firma: pendiente. Reportar un error.