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Guía 10 · Derecho empresarial

Constitución y formalización de empresas en la República Dominicana

Tipos de sociedades, selección de la estructura jurídica, nombre comercial, registro mercantil, registro tributario, obligaciones iniciales y una lista de verificación educativa.

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Guía de estudio 10

Constitución y formalización de empresas en la República Dominicana

Área temática
Derecho empresarial
Nivel recomendado
Básico
Fecha de elaboración
24 de octubre de 2026
Versión
1.0

Material educativo propio de Colón & Asociados. Explicaciones y ejemplos originales con fines de estudio; no sustituye las fuentes oficiales ni el asesoramiento profesional.

Objetivos de aprendizaje

  • Identificar los tipos de sociedades comerciales que reconoce la Ley núm. 479-08.
  • Comparar criterios para elegir la estructura jurídica.
  • Describir el orden de los registros: nombre comercial, registro mercantil y RNC.
  • Reconocer las obligaciones iniciales de una empresa formalizada.
  • Distinguir los requisitos generales de los que dependen del tipo de entidad o actividad.

Guía educativa. Los requisitos, tasas y plazos de cada trámite pueden cambiar y dependen del tipo de entidad, de la actividad y de la jurisdicción. Confírmalos con cada institución antes de iniciar el proceso.

1. Tipos de sociedades y características generales

El artículo 3 de la Ley núm. 479-08, modificado por la Ley núm. 31-11, reconoce estas sociedades comerciales:

  • Sociedades en nombre colectivo.
  • Sociedades en comandita simple.
  • Sociedades en comandita por acciones.
  • Sociedades de responsabilidad limitada (SRL).
  • Sociedades anónimas (SA).
  • Sociedades anónimas simplificadas (SAS).

La misma ley regula la empresa individual de responsabilidad limitada (EIRL), que permite a una sola persona limitar su responsabilidad al patrimonio afectado a la empresa.

FormaRasgos generales (educativos)
SRLSe constituye con dos o más personas (art. 89) y no puede exceder de cincuenta socios (art. 93). Los socios responden hasta el monto de sus aportes. Es la forma más usada por las pequeñas y medianas empresas.
EIRLUn solo titular con responsabilidad limitada.
SACapital dividido en acciones; estructura de gobierno más formal. Pensada para empresas de mayor tamaño o con inversionistas.
SASSociedad por acciones con mayor flexibilidad en su organización.

Pendiente de validación: esta guía no indica capitales mínimos ni otros requisitos cuantitativos de cada forma. Consulta el texto vigente de la Ley núm. 479-08 y sus modificaciones.

2. Selección de la estructura jurídica

Preguntas orientativas para elegir:

  • ¿Cuántos propietarios habrá y cómo se repartirán las decisiones?
  • ¿Qué nivel de responsabilidad personal están dispuestos a asumir?
  • ¿Se prevé incorporar inversionistas o transferir participaciones con frecuencia?
  • ¿Qué costos de constitución y de mantenimiento (asambleas, libros, auditorías) puede asumir el negocio?
  • ¿Qué efectos fiscales tiene cada opción para la actividad prevista?

La decisión debe tomarse con asesoría legal y contable.

3. Registro del nombre comercial

El nombre comercial se registra ante la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI), en línea o de forma presencial. El certificado se adjunta en los trámites posteriores. Conviene verificar antes la disponibilidad del nombre.

4. Registro mercantil

Se solicita en la Cámara de Comercio y Producción de la jurisdicción correspondiente. Según la guía «Cómo formalizar tu negocio» (enero de 2025), se presentan el formulario de solicitud firmado por el gerente o apoderado, los estatutos o el contrato constitutivo, las actas que correspondan y las identificaciones de los socios; en las SA y SAS, además, la constancia de suscripción de acciones.

5. Registro tributario

La inscripción en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) se realiza ante la DGII por la Oficina Virtual. La guía de 2025 menciona, entre otros pasos, designar a una persona física responsable de las obligaciones tributarias, pagar el impuesto de constitución y completar el formulario de inscripción con las actividades económicas. La DGII entrega un acta de inscripción con las obligaciones y fechas de cumplimiento.

El portal Formalízate del MICM permite realizar la constitución completa en una sola solicitud para personas físicas, EIRL y SRL, según la misma guía.

6. Obligaciones iniciales

  • Declarar las obligaciones tributarias desde la fecha de inicio de operaciones, aunque no haya ventas.
  • Solicitar la autorización de comprobantes fiscales o incorporarse a la facturación electrónica cuando corresponda.
  • Llevar contabilidad y conservar los documentos durante diez años (art. 50 del Código Tributario).
  • Si contrata personal, registrarse como empleador ante la TSS y cumplir las obligaciones laborales.
  • Obtener licencias o permisos sectoriales cuando la actividad lo exija (salud, medio ambiente, municipales, etc.).

Las obligaciones concretas dependen del tipo de entidad, de su actividad y de su tamaño.

7. Documentación de referencia

Consulta las fichas de la biblioteca enlazadas al final de esta guía: la Ley núm. 479-08 y su modificación, la guía de formalización de la ONAPI, la Cámara de Comercio y la DGII, el manual del MICM y, para entidades sin fines de lucro, la Ley núm. 122-05.

8. Lista de verificación educativa

PasoInstituciónDepende del tipo de entidad o actividad
Definir la estructura jurídicaSocios y asesoresSí
Registrar el nombre comercialONAPINo (requisito general)
Redactar estatutos o contrato y actasSocios y abogadoSí
Obtener el registro mercantilCámara de Comercio y ProducciónParcialmente (documentos según la forma)
Inscribirse en el RNCDGIINo (requisito general)
Registrarse como empleadorTSSSí (si contrata personal)
Licencias sectorialesSegún la actividadSí

Descarga la plantilla de lista de verificación documental para practicar con una empresa ficticia.

9. Preguntas de repaso

1. ¿Cuál es el número mínimo y máximo de socios de una SRL?

Mínimo dos (art. 89) y máximo cincuenta (art. 93) de la Ley núm. 479-08.

2. ¿Qué institución registra el nombre comercial?

La Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI).

10. Conclusiones

Formalizar una empresa es un proceso ordenado: nombre comercial, registro mercantil, RNC y obligaciones posteriores. Elegir bien la forma jurídica evita costos y problemas futuros; hazlo con asesoría y verifica los requisitos vigentes de cada institución.

Fuentes, fecha de revisión y estado de verificación

Fecha de revisión
24 de octubre de 2026
Estado de verificación
Parcialmente verificado
  • Tipos de sociedades (artículo 3 de la Ley núm. 479-08, modificado por la Ley núm. 31-11) y número de socios de la SRL (artículos 89 y 93): verificados en el PDF de la DGII.
  • Pasos de formalización: tomados de la guía «Cómo formalizar tu negocio» (ONAPI, CCPSD y DGII, enero de 2025).
  • Tasas, costos y plazos de cada trámite: no se incluyen porque pueden cambiar; consulta a cada institución.

Nota de actualización: Los requisitos concretos dependen del tipo de entidad, de la actividad y de la jurisdicción de la Cámara de Comercio.

Fuentes bibliográficas y enlaces oficiales

© Colón & Asociados · Versión 1.0 · 24 de octubre de 2026 · Revisión profesional de la firma: pendiente. Reportar un error en esta guía.